17 oct 2015

SITIO 0 de QUEQUEN- INFORME CONTRATO CONCESION -PROYECTO TERMINAL PORTUARIA SITIO 0 DE QUEQUEN

INFORME SOBRE EL  ESTUDIO DEL CONTRATO DE CONCESION PARA EL DISEÑO, CONSTRUCCION, FINANCIACION, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACION DE LA TERMINAL PORTUARIA DEL SITIO CERO DE PUERTO QUEQUEN.  Parte I

En enero de 2014, fui contratado como Supervisor de Obras, por las nuevas autoridades, designadas por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, del Consorcio de Gestión de Puerto Quequén.

Dicha actividad la desarrolle hasta el 31 de Julio del 2015, fecha en que se produjo un nuevo cambio en las autoridades de dicho Consorcio.

Mi función en el cumplimiento de la encomienda, consistía como su nombre lo indica, en la Supervisión del desarrollo de la obra, en un todo de acuerdo con el contrato oportunamente firmado por la anterior administración, en el año 2013,  en virtud de lo cual, lo primero que tuve que hacer fue estudiar dicho contrato, teniendo en cuenta que la obra, como lo demuestran los registros fotograficos del primer informe, ya llevaba varios meses de ejecución y observaba la inexistencia del libro de obra, libro de ordenes de servicio, libro de pedidos de Empresa, designación del Supervisor de Obra etc, etc,

Dicho estudio mereció el informe, que aquí publico, oportunamente elevado y puesto a consideración del Directorio del Consorcio de Gestión de Puerto Quequén. 


INFORME SOBRE EL  ESTUDIO DEL CONTRATO DE CONCESION PARA EL DISEÑO, CONSTRUCCION, FINANCIACION, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACION DE LA TERMINAL PORTUARIA DEL SITIO CERO DE PUERTO QUEQUEN.  


(Con el objeto de diferenciar lo establecido en el contrato, con las observaciones  o dudas que el articulado pudiera generarme, dichas observaciones se escribirán en negrita y cursiva a continuación de cada articulado.)

1.- ASPECTOS GENERALES

1.1-  OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es el otorgamiento en concesión del predio de las superficies definidas en el ANEXO 1 (pág. 175).

Dicha superficie limita por el Norte con la playa de camiones concesionada a Terminal Quequen SA., por el Este con la calle 521 y costanera, por el Sur con el antepuerto, por el Oeste con la avenida Alte. Brown.

Aproximadamente 58.000 m2, con una longitud perimetral de 1522 ml, en el apéndice 3 de dicho anexo, se encuentra la relación de las edificaciones dentro del área de la concesión. (pág. 177).

Área I. ingresos
Área II. Recepción de granos.
Área III. Almacenaje
Área IV. Embarque sitio 1
Área V. Embarque sitio 0

Observación:

El área IV, embarque en el Sitio 1,  ¿está dentro del área de la concesión?, porque su ubicación está fuera de los límites establecidos en el Apéndice 1, Área de la Concesión  y del Apéndice 2, Plano del área de la concesión,  del Anexo I, mencionados en el Objeto del Contrato en su primer párrafo.
Si así fuere, el área de la concesión, no sería superior a las superficies definidas en el Anexo 1, de 58.000 m2, con los límites  y longitud perimetral establecidos?

Quizá está mal utilizada la expresión superficies definidas en el plano Anexo 1, y debió decir solamente Anexo 1, como menciona en el artículo 5.5 Área de la concesión, toda vez que el Anexo 1 , está compuesto por tres apéndices como Área de la Concesión, el apéndice 1 y 2, corresponde a la ubicación y linderos de la superficie de 58.000 m2 y el plano de dicha superficie y el apéndice tres menciona en cinco áreas todas las instalaciones que salen fuera del predio definido en 1 y 2, ( por ejemplo el  Sitio 1, y las construcción de instalaciones y cruce con cintas en Avda. Alte. Brown etc. etc.)

En el segundo párrafo se indica que el presente contrato instrumenta la Concesión de Obra Pública para que los firmantes, una vez constituida una sociedad anónima tengan a su cargo el Diseño, Financiación, Construcción, Mantenimiento y Explotación de una terminal portuaria cuyas instalaciones estarán ubicada en el Sitio 0 de Puerto Quequén y tendrá dos frentes de carga a buque, uno ubicado en el muelle del sitio 1 y otro en un muelle a construir en el sitio 0, con acuerdo a las disposiciones del presente contrato.

Observación:

Me da la impresión que el termino firmantes está mal empleado, toda vez que los firmantes son el Concedente y el Concesionario y obviamente el concedente, el CGPQ, no podría formar parte de la sociedad anónima a constituirse.

Quizá el término  debió ser  el Concesionario.

Con relación a la mención del frente de carga en el sitio 1, valen las consideraciones del párrafo anterior.

E inclusive haciendo una analogía con la concesión de la Terminal de ACA,  donde los servicios de almacenamiento y pesaje estaban en zona municipal, la AGP de la época cedió en concesión la  parte del muelle correspondiente para la construcción de las torres y galería de embarque.

En el caso que nos ocupa dichos servicios, almacenamiento, pesaje etc. están  en la superficie definida en el Anexo I de 58.000 m2, y uno de los frentes de carga esta fuera de dicha superficie, en el sitio 1, reconociendo mis limitaciones jurídicas por mi propia incumbencia profesional me  pregunto, no será necesario ampliar el objeto de la concesión, incluyendo la zona de muelle del sitio 1?.

1.2.2. Acta  de Entrega de los Bienes al Concedente. (pág. 13)

Es el documento suscripto entre el CGPQ y la Sociedad Concesionaria, mediante el cual se deja constancia  que la Sociedad Concesionaria tomado posesión de los bienes.

Observación:

Se hizo?

Comienza el plazo de la concesión, según lo establecido en 4.1 (pág. 40), al haber tomado posesión de los bienes del Concedente.

1.2.3- Actas de Recepción de las Obras (pág. 14)

Son los documentos emitidos por CGPQ y suscriptos por la Sociedad Concesionaria, mediante los cuales se deja constancia de la recepción de las obras, en forma total y/o por etapas. Deberán señalar las fechas en las que se dio conformidad de las obras ejecutada y/o instalación del Equipamiento Portuario

Firmadas dichas actas se entenderá concedida la autorización para el inicio de la explotación correspondiente.

1.2.20 – Calendario de ejecución de obras (pag.18)

Es el documento en el que consta la programación de la ejecución de las obras, forma parte del exp. Técnico.

1.2.22- Concesión  (pago. 18)

Es la relación jurídica de derecho público………………….mediante la cual el Concedente otorga a la Sociedad Concesionaria el derecho a explotar …………………………. y conservar una Terminal Portuaria en el Sitio 0 con instalaciones de carga sobre el sitio 1 de Puerto Quequen…………………….

Observación:

No habla de la instalación de la carga del Sitio O

1.2.23 – Conservación (pag.18).

 Conjunto de actividades efectuadas a partir de la toma de posesión con el objeto de preservar etc. que incluye el mantenimiento periódico, rutinario y de emergencia.

Observación:

 Corresponde a lo establecido en el Anexo Vi, pág. 201 y Anexo 7, Apéndice 1. Pág. 205

1.2.35- Equipamiento Portuario (pág. 21)                 

Son los bienes muebles destinados a la atención de la nave y a la carga, incluyen las imitaciones mecánicas, eléctricas y electrónicas fijas, móviles o flotantes, que son parte integrante de la Infraestructura Portuaria de la Terminal del Sitio 0 y las instalaciones de carga a desarrollar en el Sitio 1.

Observación:

No menciona instalaciones de carga en el sitio 0

1.2.38-Estudio de Impacto Ambiental (EIA. Pág. 21)

Observación:

Debió decir Anexo XI. Pág. 218

1.2.40-Etapas

Cada etapa debe estar perfectamente definida

Observación:

Ver anexo 9- pág. 214- Etapas

1.2.41-Expediente Técnico  (pag.22)

Es el documento que contiene la información necesaria y suficiente para permitir la  ejeccion de las obras.

Dicho documento deberá ser presentado al CGPQ para su aprobación y tiene carácter vinculante para la ejecución de las obras. Puede ser presentado por etapas, no obstante en la primera  presentación deberá presentar el Layout general y la división básica por etapas.

Observación:

Se hizo?

1.2.46-informes de Avance de Obras (pág. 23)

Son los documentos que elabora la Sociedad Concesionaria conforme a las disposiciones del contrato, mediante los cuales dejara constancia de las Obras Construidas, rehabilitadas o mejoradas y de la implementación del equipamiento portuario. Los informes de Avance de obras estarán sujetos a la aprobación del Concedente.

Observación:

Se hicieron?

1.2.50-Inversiones complementarias (pag.25)

Son las inversiones que la Sociedad Concesionaria realizara y que no se encuentren contempladas dentro de las inversiones correspondientes a las obras iniciales y obras en función de la demanda. Las obras a ejecutarse con el monto de las inversiones complementarias deberán contar con la previa aprobación del CGPQ.

Observaciones:

Se sabe si se hizo alguna, se autorizó?

1.2.53-Obras iniciales (pág. 26)

Son las obras comprendidas en las Etapas 1 y 2, de acuerdo al apéndice 1 del Anexo 10 (pág. 214)

Etapa 1.

·         Accesos
·         Cerco perimetral
·         Oficina de ingreso
·         Estudio de Suelos
·         Electricidad para obradores
·         Ingeniería total y definitiva
·         Monto estimado de obra: $  7.000.000

Etapa 2.

·         Pesado y recepción de camiones mediante dos plataformas de volcado de camiones.
Celda de embarque de 35.000 toneladas base trigo y apta para el almacenaje de subproductos.
·         Dos silos de 10.000 toneladas de almacenaje cada uno
·         Dos silos de 5.000 toneladas de almacenaje cada uno
·         Balanza de pesaje continuo para embarque
·         Construcción sistema de embarque en Sitio 1
·         Subestación transformadora
·      Elementos de transporte (cintas y norias) para la movilización de la mercadería desde la descarga a almacenaje y desde almacenaje a embarque.
·         Monto estimado de obra:  $ 108.000.000

Observación:

El 2 de Julio del 2013, la Sociedad concesionaria, presento una nota solicitando el reacomodamiento de  las etapas previamente acordadas en el Contrato de Concesión. Concretamente solicitaba el reacomodamiento de las etapas 1 y 2.

De la etapa 1, no presentaba grandes variantes,  salvo la parte correspondiente a la ingeniería total y definitiva, que al ejecutarse la obra por etapas, no la presenta y si agrega el Lay out definitivo
La etapa 2, la subdivide en una seria de subetapas adjudicándole a cada una de ellas un subíndice, de manera tal que pasa a ser:

·         IIa –Pesaje de camiones
·         IIb- Recepción y descarga camiones
·         IIc- Celda 35.000 toneladas de capacidad
·         IId- 6 silos de 6.000 tn. Cada uno, Total 36.000 tn
·         IIe- 4 silos de 12.000 tn. Cada uno. Total 48.000 tn
·         IIf- Balanza continua de embarque
·         IIg- Sistema de embarque en Sitio 1
·         IIh- Elementos de transporte de granos y harinas
·         IIi – Provisión de energia electrica para funcionamiento
·         IIj- Subestaciones transformadoras
·         IIk- Instalaciones eléctricas y de control
·         IIj-Sistema de aspiración de polvo
·         IIm. Protección contra incendio

A la fecha en el conocimiento de esta Supervisión, la etapa 1 estaría prácticamente completada y de la etapa 2, tiene presentado y obviamente aprobado por acción y/o omisión la subetapa IIb, Recepción y descarga de camiones, actualmente en construcción, y el día martes 7 del corriente presentaron por mesa de entradas para aprobación por parte del Supervisor de Diseño la subetapa IIg. Sistema de embarque en Sitio 1.

2.2- Objeto de la concesión  (pág. 31)

2.2.1

Por el presente contrato el Concedente otorga en Concesión a la Sociedad Concesionaria, el diseño, Financiación, Construcción, conservación y explotación de una Terminal para la operación de gráneles sólidos, cereales, oleaginosas y derivados de los mismos en el sitio 0, y con frente de operaciones en el Sitio de Atraque N° 1  y la construcción de un muelle en el Sitio 0, que constituyen obligaciones de la Sociedad Concesionaria y que deberán ejecutarse de conformidad con las disposiciones establecidas en él presente contrato de concesión.

Observación:

Hay diferencia de lo establecido en la pág., 214 del contrato que menciona en la etapa 6.

·         Construcción de un muelle en el Sitio 0 para la recepción de buques graneleros,  con dolphines de atraque, vitas y sistema de pescante para carga de buque
·         Conexión del muelle a las balanzas de embarque mediante cintas trasportadoras.
·         Monto de obra estimado 43.000.000

En este articulado, dentro del objeto de la concesión, solamente se menciona taxativamente la construcción de un muelle en el Sitio O.
Tampoco coincide el texto de este articulo con el Objeto del contrato ( 1.1) donde en su segundo párrafo se establece que la Sociedad tendrá a su cargo el Diseño,……etc., etc.,……………………………………………de una terminal portuaria cuyas instalaciones de almacenamiento y servicios conexos estará ubicada en el Sitio 0 de Puerto Quequen y tendrá dos frentes de carga a buque, uno ubicado en el muelle del Sitio 1 y otro en un muelle a construir en el Sitio O, con acuerdo a las disposiciones del presente contrato.

2.2.6. 4.

Comprende además la facultad de construir instalaciones fijas para carga en el Sitio 1, con acuerdo al Proyecto Definitivo aprobado y de utilizar las mismas a los fines de la Concesión como asimismo la realización de la obra propuesta de adecuación del muelle del Sitio O la cual podrá explotar en condiciones de exclusividad.

Observación:

Valen las consideraciones del artículo anterior, tampoco se menciona la construcción de instalaciones fijas para carga en el Sitio 0, solamente se habla de adecuación de muelle del Sitio.

5.2-TOMA DEPOSESION (pág. 47)

5.2.1

Los bienes del concedente que sean entregados en la fecha de Toma de Posesión serán recibidos por la Sociedad Concesionaria en el lugar y estado de conservación que se encuentren.

5.2.2

El CQPQ y la Sociedad Concesionaria deberán suscribir el Acta de Entrega de los Bienes del Concedente en un plazo de 60 días calendario contados desde la fecha de ratificación del contrato. 

Observación:

Se hizo?,  porque la fecha del acta es la que da fecha de inicio de la concesión

5.5 Área de la Concesión (pag.55)

5.5.1

El  concedente está obligado a poner a disposición de la Soc. Concesionaria las áreas terrestres y acuáticas descritas en el Anexo 1, correspondientes al área de la Consion. (ver pág. 175)………………esta área será de explotación a cargo de la Sociedad Concesionaria a la que le corresponderá  determinar las  áreas a ser destinadas a la ejecución de las obras.

Observación:

Valen las inquietudes vertidas como observaciones al punto 1.1 objeto del contrato. Página 1 del presente informe.


6.  DE LAS OBRAS DE LA INFRAESTURA PORTUARIA (pág. 61 en adelante)

6.1 EXPEDIENTE TECNICO

6.1.1  Aprobación del expediente técnico.

6.1.2/ en adelante

Para supervisar la elaboración del Exp. Técnico, el  CGPQ  designara un supervisor de diseño de su oficina técnica. Dicha designación deberá ser comunicada en un plazo de 10 días posteriores a la designación.

Observación:

Ya está designado.
  
El Exp. Técnico podrá ser presentado por etapas.  Deberá  contar con la información necesaria y suficiente para facilitar su aprobación y permitir iniciar la construcción.

Dentro de los tres días posteriores a la firma del contrato deberá presentar para su aprobación por lo menos el  expediente técnico dela   Etapa 1.

Los expedientes técnicos deberán precisar la fecha de terminación de la construcción o en el caso del equipamiento portuario, la de su instalación o puesta  en servicio.

A los efectos dela supervisión  de diseño  de las siguientes etapas,  la sociedad Concesionaria deberá comunicar al CGPQ  que iniciara la elaboración del Ex. Correspondiente con no menos de cuatro mes de anticipación.

La obra comprende 6 etapas, la 1 y la 2 ya han sido analizadas a lo largo del presente informe aclarándose que dichas etapas ya fueron modificadas en parte con una nota presentada el 2 de Julio del 2013,  las restantes serian 

Etapa 3
·         Construcción de celda de almacenaje de 70.000 toneladas base soja,
·         Sistemas de transportes para conexión de los silos de recibo y al embarque.
·          
Etapa 4
·         Ampliación del almacenaje en silo en aproximadamente 50.000 n
·         Sistema de transporte para conexión de los silos al recibo y al embarque.

Etapa 5
·         Duplicación de la capacidad de recibo de camiones mediante la colocación de dos nuevas plataformas volcadoras y conexión con los diferentes almacenajes.

Etapa 6
·         Construcción de un muelle en el sitio 0 para la recepción de buques  graneleros con dolphines de atraque, bitas y sistema de pescante para carga de buques.
·         Conexión del muelle a las balanzas de embarque mediante cintas transportadoras


6.1.8 a /6.1.12  (pág. 65 a 69)

La etapa 6 de la construcción del muelle en el sitio 0 será desarrollada, siempre y cuando la Sociedad Concesionaria lo considere conveniente debiendo comunicar tal decisión al Concedente.

Como condición indispensable para la realización de la obra de la Etapa 6, el CGPQ  deberá previamente haber realizado las obras necesarias en el interior portuario y dragado y profundización  que permitan la operación en el sitio de atraque 0 con buques de tipo Panamax en condiciones de seguridad.

Las mencionadas obras incluyen la extracción de cascos hundidos y toda otra tarea necesaria para la navegación y atraque seguros. La Sociedad concesionaria tendrá a su cargo todas las tareas constructivas a realizar sobre  el muelle o al  pie del mismo cuando se relacionen con el atraque del buque y con las instalaciones de carga.

Asimismo el diseño propuesto no debe afectar el área de maniobras de las naves en el interior portuario ni las operaciones relacionadas con las instalaciones de terceros públicos o privados.

 A tal  efecto la Sociedad Concesionaria deberá presentar en el expediente técnico respectivo el estudio de maniobras correspondiente.

Observación:

La construcción de  la etapa 6, es decir:

·         Construcción de un muelle en el sitio 0 para la recepción de buques  graneleros con dolphines de atraque, bitas y sistema de pescante para carga de buques.
·         Conexión del muelle a las balanzas de embarque mediante cintas transportadoras
·          
puede no ejecutarse nunca, en virtud de los condicionantes de estos articulados, quizá para el estudio y análisis de los dos últimos párrafos merezcan la intervención de los señores prácticos.

6. 1.15-  Presentación  Expediente Técnico

El CGPQ dispondrá de n plazo máximo de 60 días calendario a partir de recibido el Exp. Técnico, para sobre la base del informe del supervisar emitir observaciones o aprobar el mismo.

En el caso del Exp. Técnico de las etapas, 30 días de plazo máximo.

Transcurridos dichos plazos se da por aprobado.

La Sociedad dispone de 30 días para subsanar las observaciones si las hubiere.
  
El CGPQ, tendrá un plazo de 30 idas para evaluar las subsanaciones presentadas, transcurrido dicho plazo se dan por aprobadas.

Observación:

El expediente técnico dela etapa II g, fue presentado el 07/01/2014 a partir del cual el CGPQ tiene 30 días para aprobar  observar, es decir hasta el Jueves 6 de febrero para su aprobación si correspondiere.

Aprobado el Exp. Técnico se entenderá que la Sociedad Concesionaria cuenta con la autorización del CGPQ para la ejecución de las obras correspondientes a la etapa o etapas objeto del documento aprobado. El Expediente Técnico tiene carácter vinculante para la ejecución de las obras.

Si durante la  ejecución se considerara una modificación deberá solicitarse su aprobación siempre que estas no impliquen ampliación del plazo contractual.

6.2 SUPERVISOR DE DISEÑO (pág. 69)

La sociedad concesionaria deberá proporcionar al supervisor de diseño toda la  información  que solicite de la cual se disponga o que deba producirse y facilitarle el acceso a las actividades y estudios que se realicen para ese fin.

El supervisor de diseño podrá solicitar a la Sociedad concesionaria información adicional relacionada a los documentos requeridos, en un plazo no mayor a los 10 días.

La Sociedad concesionaria se obliga a ejecutar las obras correspondientes a la terminal conforme al Expediente técnico el Calendario de obras aprobado sin perjuicio de la actividad de conservación.

6.4 – SUPERVISION DE OBRAS (pág. 71)

Corresponde al CGPQ  directamente o a través del supervisor de obras que designe, efectuar las acciones de supervisión que le competen durante el desarrollo de la obra.

Observación:

Dicha designación será informada por escrito a la Sociedad Concesionaria en un plazo máximo de 5 días calendario, a partir de la referida designación.

Debe hacerse.

Las funciones del supervisor de obra serán ejercidas de acuerdo a las facultades conferidas.

Los costos derivados de dicha supervisión para las obras correspondientes a la terminal Giro 0 serán por cuenta del concedente.

La Sociedad concesionario deberá dar al supervisor de obra libre acceso al Área de Concesión para realizar sin obstáculos su labor, sujeto al cumplimiento de todos y cada uno de los protocolos de seguridad establecidos por la Sociedad Concesionaria para ello.

6.5 LIBRO DE OBRA (pág. 71)

6.5.1

A partir del inicio de la construcción,  la sociedad concesionaria se obliga a abrir y mantener un Libro de Obra.

En dicho libro se anotaran los hechos importantes durante la construcción, materiales, proveedores, resultados de ensayos, cómputos métricos, calendario de avance.

En la primera anotación en el libro de obra se estable el inicio de la construcción y debe considerarse el protocolo de comunicaciones donde se indiquen los lineamientos para ello y se deben indicar  los funcionarios responsables de ambos partes y el supervisor, quienes tendrán acceso al libro de obra.

Observación

Este libro cumpliría las dos funciones de los mencionas  por el  suscripto en la reunión del sábado 4, es decir el libro de pedidos de Empresa y el libro de órdenes de servicio

6.6 CALENDARIO Y PLAZO DE EJECUCION DE OBRAS (pág. 73)

6.6.1

La sociedad concesionaria deberá presentar un calendario de ejecución de obras que incluya tiempos de ejecución  de todas  las subpartidas relativas a las obras hasta s culminación.

El calendario de Ejecución de obras deberá definir claramente las actividades  de la ruta crítica, es decir aquellas que impliquen que la demora en su ejecución retrasara  el plazo máximo previsto.

Observación:

Este Calendario de Ejecución de Obras,  cumpliría las funciones de mi inquietud de solicitar los plazos y montos de inversion en función del Diagrama  Gantt.

Esta solicitud es mucho mejor porque además de los lineamientos del Diagrama Gantt incorpora los lineamientos del Método del  Camino Critico, método PERT, por sus siglas en inglés, que significa PROGRAM EVALUATION REVIEW TECHNIQUE, que como su nombre lo indica significa, PROCESO DE VALORACION Y REVISION DEL  PROGRAMA DE EJECUCION DE UNA OBRA O TRABAJO.

6.8 APROBACION DE LAS OBRAS

6.8.1 a 6.9.3 (pág., 75 a 80)

Conforme se culminen las obras, La Sociedad Concesionaria solicitara su recepción al CGPQ, adjuntando un informe que sustente que las obras han sido culminadas de conformidad con el Expediente Técnico aprobado.

Las obrad deberán cumplir con todos  los estándares y parámetros técnicos de diseño y construcción indicados en el Anexo IV  de página 184.

Dentro de los 45 días de recibida la comunicación solicitando la recepción el CGPQ deberá determinar la aceptación o rechazo de las obras mediante Actas de Recepción de Obras.

De no pronunciarse en ese plazo se entenderá que las obras han sido aceptadas y concedida la autorización para el inicio de la Explotación.  Esto puede hacerse para cada una de  las etapas.

El CGPQ puede aprobar con observaciones las obras y conceder la autorización para el inicio de la explotación (art, 6.8.4)

En este caso la Sociedad Concesionaria tendrá  30 días calendario prorrogables por otros 30 días para subsanar las observaciones.

En caso de rechazo de las obras y sin perjuicio de las penalidades descriptas en el Anexo XII la sociedad concesionaria deberá levantar las objeciones o subsanar las irregularidades detectadas, de modo tal que pueda procederse al inicio de la explotación.´

Vencido el plazo otorgado para la subsanación sin que las obras hayan sido aceptadas por causas imputables a la Concesionaria el CQPQ podrá requerir la resolución del contrato.

6.9 INFORMACION (pág. 78)

6.9.1

Es obligación de la Sociedad concesionaria proporcionar al CGPQ directamente o a través del supervisor de obras informes relativos al desarrollo de la ejecución de las obras.

Sin perjuicio de ello la Sociedad Concesionaria deberá  presentar un informe mensual de avance de Obras, el que deberá ser presentado dentro de los 15 primeros días calendario del mes siguiente al de la culminación del periodo correspondiente al informe.

La Sociedad deberá entregar la información que le sea solicitada vinculada a  los referidos informes, incluyendo metraje, presupuestos, guías de compra, pago de insumos o de servicios etc.

Observación:

Fueron presentados los informes en tiempo y forma?

A partir de  este último articulado, el contrato de concesión  comienza a legislar sobre:

·         Plan de conservación
·         Reparación de emergencia
·         Supervisión de la conservación
·         Explotación de la concesión
·         Inicio de la explotación

Artículos estos, prácticamente todos ellos aplicables después de terminada la obra, por lo que no se analizan en esta etapa.

Me parece interesante el análisis del artículo 8. 12 RETRIBUCION y su continuación  8  .12.1, de página 102 por cuanto en él se establece lo siguiente:

La Sociedad Concesionaria deberá  pagar al Concedente una retribución como contraprestación   por  el  derecho  que  se  le  ha  otorgado  por la Explotación  del  muelle del Sitio 0

La retribución asciende a diecisiete centavos de dólar estadounidense (0,17 u$s) por cada  tonelada cargada a buque por la Sociedad Concesionaria en dicho muelle, a partir del inicio de la Explotación del mismo y hasta la caducidad de la concesión.

Observación:

No se menciona  el pago de similar retribución por tonelada cargada a buque en el Sitio 1, sitio este,  que es  en definitiva  el que se construirá en la segunda etapa y entendiendo  que en virtud de todos los condicionantes impuestos para la constr4ccion de la zona de carga en el Sitio 0 probablemente no se construya nunca.

9. GARANTIAS

9.1 GARANTIA DEL CONCEDENTE

9.1.1-

El Concedente garantiza a la Sociedad Concesionaria que le prestara el apoyo que fuere necesario para asegurar la debida protección de los bienes de la Concesión……………………..

9.2 GARANTIA A FAVOR DEL CONCEDENTE

9.2.1. Garantía de cumplimiento del Contrato.

9.2.1.1

El Concesionario deberá constituir dentro de los 20 días de celebrado el presente contrato, un Deposito en garantía por cumplimiento del contrato, equivalente al 5 %  de la suma de los importes resultantes de la aplicación de la tarifa en concepto de ocupación por todo el plazo del contrato. La garantía se devolverá totalmente al término del plazo contractual.

Observación:

Se cobró?

9.2.2 Garantía de Obras

9.2.2.1.1

Antes del inicio de ejecución de cada Etapa, la Sociedad Concesionario deberá establecer el monto de la garantía en el 120 % del Presupuesto Estimado de obra establecido en el Expedientes Técnico aprobado por el CGPQ correspondiente a cada una de las Etapas, hasta 6 meses posteriores a la emisión del Acta de Recepción de las Obras de cada Etapa.

Observación

Se cobró?

10-REGIMEN DE SEGUROS

10.1 POLIZAS

10.1.1

Para los efectos del Contrato de Concesión, la Sociedad Concesionaria deberá contar con las pólizas de seguros que exige el presente Contrato de Concesion en forma enunciativa y no limitativa

·         Incendio
·         Responsabilidad Civil
·         Por Accidente de trabajo
·         Daño Ambiental

Observación:

Se solicitaron?

10.1.6 Informe de Cobertura

Dentro de los primeros 30 días calendarios de cada Año de Concesión y durante la vigencia de esta, la Sociedad Concesionaria presentara al CGPQ  una lista de las pólizas de seguro a ser tomadas y/o mantenidas por la Sociedad Concesionaria,

Observación:

Entendiendo que el plazo de vigencia de la Concesión está corriendo a partir de la toma de posesión de los Bienes del Concedente, la Concesionaria ya debió haber presentado los informes solicitados en este artículo

Se presentaron?

Se solicitaron?

11- CONSIDERACIONES SOCIO AMBIENTALES

11.1 RESPONSABILIDAD AMBIENTAL

11.3 ESTDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

11.4 GESTION SOCIO AMBIENTAL

11.5 INFORMES AMBIENTALES

Conociendo la existencia de un  área especifica dentro del CQPQ dedicado al tema ambiental me autocensuro inhibiéndome de mayores observaciones y/o cometarios.

A Partir del Capitulo 12 los temas del contrato de concesión se refieren a cuestiones jurídico técnicas, lo que me exime de mayores comentarios.


Necochea, 10 de Enero de 2014.                                             Eloy Juez
                                                                            Ingeniero civil. E.P;E.S.;M.ASCE;M.SEI
                                                                                             








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